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Incremento salario mínimo año 2022 y fechas de pago de las Prestaciones Sociales.

Incremento salario mínimo 2022.

El Gobierno Nacional de Colombia, para el día 15 de diciembre del año 2021, a través del Decreto 1724 de 2021. Fijó y reguló el aumento del salario mínimo legal mensual, para la vigencia correspondiente del año 2022. Determinándose de la siguiente manera:

  • Incremento salario mínimo: 10.07% por ciento.
  • Incremento de: $91.474. Noventa y un mil, cuatrocientos setenta y cuatro pesos.
  • Equivalente a: $1.000.000. Un millón de pesos.
  • Rige, a partir del de enero de 2022. 

Incremento auxilio de transporte 2022.

Así mismo, mediante el Decreto 1725 de 2021, el Gobierno Nacional, fijó y reguló el aumento del auxilio de transporte para los trabajadores que devengan hasta (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Determinándose de la siguiente manera:

  • Incremento auxilio de transporte: $117.172. Ciento diecisiete mil, ciento setenta y dos pesos.

Incremento salario integral 2022.

El incremento del salario mínimo mensual del (10.07%),correspondiente al año 2022. También es aplicable para los trabajadores que devengan el valor del salario integral. El cual, es aquel, que devengan los trabajadores sobre los trece (13) salarios mínimos mensuales legales vigentes, correspondiente para el año 2022 de:

  • Trece millones $13.000.000. Trece millones de pesos.
  • Correspondiente a un incremento de: $1.309.100. Millón trescientos nueve mil, cien pesos.

Fechas de pago de las prestaciones sociales.

Teniendo en cuenta, las fechas de pago de las prestaciones sociales para trabajadores que devengan salario ordinario. El empleador deberá aplicar obligatoriamente, las siguientes fechas de pago:

  • 31 de diciembre, a más tardar, 31 de enero del año siguiente. Pagar el (12%) por concepto de intereses de las cesantías, sobre el valor del auxilio de cesantía.
  • 14 de febrero, o antes. Consignar el auxilio de cesantía al Fondo de Cesantías. Causado al 31 de diciembre de 2021.
  • 15 de marzo, o antes. Entregar el certificado de ingresos y retenciones.
  • 30 de junio y 20 de diciembre. Pagar la prima de servicios proporcional dos veces por año.
  • 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre. Entregar dotación de calzado y vestido apropiado para la labor que desempeñan los trabajadores que devengan hasta dos (2) salarios mínimos mensuales.
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