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Es posible volver a demandar el reajuste IPC de Fuerzas Militares.

Es posible volver a demandar el reajuste IPC de Fuerzas Militares.

 Reajuste IPC en la asignación de retiro, como derecho irrenunciable y de poder adquisitivo.

Teniendo en cuenta que la asignación de retiro, o pensión, que devengan los miembros y beneficiarios de la Fuerza Pública, es una prestación económica que se causa de manera periodica. Es decir, pagada mes a mes, y de manera vitalicia. Además, de la garantía constitucional de los principios de irrenunciabilidad, reajuste periódico y poder adquisitivo, entre otros. Surge la siguiente pregunta:

¿Es posible volver a demandar el reajuste IPC de la asignación de retiro, reconocida antes del año 2004?

Es totalmente posible y viable, volver a demandar el reajuste IPC, solo en aquellos casos, cuando fue negado inicialmente mediante sentencia judicial. En ese sentido, todos aquellos miembros o beneficiarios de las Fuerza Pública, que con anterioridad al año 2013, les fue negado mediante fallo judicial, su derecho al reajuste IPC, con el fundamento principal, de haberse causado la prescripción del derecho al pago del capital retroactivo generado y consecuente reajuste pensional.

Aplicación correcta de la prescripción y cosa juzgada.

Pueden demandar nuevamente, por tratarse de una sentencia judicial con cosa juzgada relativa. Lo anterior, por cuanto, a partir del año 2014. El Consejo de Estado, cambio su criterio jurisprudencial con respecto, a la aplicación correcta del fenómeno jurídico de la prescripción y cosa juzgada, en materia pensional.

En conclusión, si te encuentras en la misma situación jurídica, no dudes en llamar. Nosotros representamos judicialmente, tu derecho al reajuste IPC sobre fallos judiciales ejecutoriados. En su defecto, para todos aquellos que, aún no se les ha reconocido tales derechos pensionales.

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